Ante las continuas políticas de flexibilización aplicadas por la Municipalidad de Posadas, en razón a la salida paulatina de la pandemia de coronavirus, se considera oportuno, acertado y conveniente regular el horario de los shows en vivo y espectáculos artísticos de grupos, a realizarse en bares, restaurantes y heladerías.
Por lo tanto, a través del del Decreto 644/21, el Departamento Ejecutivo Municipal dispone que para llevar a cabo dichos eventos, los establecimientos comerciales (bares, restaurantes y afines) deberán notificar fehacientemente a la Municipalidad, con una antelación no menor a los 5 días hábiles, anteriores, a la realización del show o espectáculo o de los servicios de musicalización que contraten.
La franja horaria autorizada para la realización de estos eventos y/o musicalización en vivo, será de 20:00 a 00:00, de lunes a domingo.
En aquellos establecimientos comerciales de los sectores gastronómicos, bares y heladerías que posean lugares al aire libre, corredores, patios, galerías y todo otro sector que se encuentre en un ambiente abierto, la actividad sonora y/o de musicalización, pasada las 00:00 Hs, deberá adecuarse a un sonido de ambiente con volumen moderado/bajo.
Los interesados deberán cursar la notificación, sin excepción, y con el aval correspondiente del local comercial, ante la Dirección de Mesa de Entradas, Salidas y Archivos Generales de la Municipalidad de Posadas, sito en la Planta Baja del Edificio Central (San Martín N° 1579), e intervendrán las Secretarías de Salud, Medio Ambiente y Desarrollo Humano; Desarrollo Económico; Cultura y Turismo; y Gobierno, quienes en forma conjunta verificarán el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad e higiene vigentes y las capacidades máximas con el fin de garantizar el distanciamiento social obligatorio. Asimismo, los establecimientos deberán contar con la debida habilitación Municipal para el rubro específico vigente.