La sentencia benefició a José Alfredo Espinoza quien ingresó a trabajar en la concesionaria TM SA el 15 de diciembre de 2011 y se desempeñaba como experto en servicios mecánicos. A diferencia de otros 18 trabajadores que fueron cesanteados, Espinoza reclamó ante la Justicia “aduciendo que resulta violatorio de la prohibición dispuesta por el DNU 329/2020, requiriendo como consecuencia de tal nulidad la reinstalación en su puesto de trabajo”.
Para fundamentar la aplicación de la medida cautelar de reinstalación en el puesto de trabajo, el juez sostiene que “la tramitación de un proceso ordinario, a lo que se agregan la circunstancias actuales de suspensión de los plazos dispuesta por el Superior Tribunal de Justicia por las mismas razones sanitarias ya expresadas, llevarían a un reconocimiento tardío de los derechos que se pretende asegurar”.
Es caso lo llevó adelante el estudio Valeria Soczyuk y Asociados de la ciudad de Posadas.